¿Qué tipos de despido existen y cómo gestionarlos? | Que no te engañen

Uno de los trabajos menos agradables que debe gestionar un departamento de personal en cualquier empresa es encargarse de los despidos. Es importante conocer qué tipos de despidos existen y saber cómo gestionarlos de forma adecuada, y de eso vamos a hablar en Paz Montero. Te recomendamos que, si tienes dudas acerca de este tema, acudas a un despacho de abogados en Galicia con experiencia.

Ahora, bien, dependiendo de la empresa o del juez, podemos encontrar distintos tipos de despido.

¿Qué tipos de despido existen? Echemos un vistazo

Como hemos dicho arriba, en función de si el despido está decidido por parte de la empresa o del juez se pueden diferenciar varias tipologías, las cuales, si no conoces, siempre puedes consultar con abogados en Ferrol.

Tipos de despido según las empresas

Una empresa puede proceder a ejecutar despidos colectivos o individuales, así como improcedentes, nulos o bien procedentes. Todo los veremos poco a poco.

Despido de carácter objetivo

Esta clase de despido se produce al extinguirse el contrato laboral por razones de organización, de producción, económicas o bien técnicas. Puede calificarse con la acción del juez pertinente como nulo, procedente o improcedente. En todo caso, el trabajador recibirá una indemnización de 20 días por cada año que haya trabajado en ese puesto.

Despido colectivo

También se le conoce como ERE de extinción. En este caso, los despedidos afectan a más de un trabajador. Para que un despido que afecte a varios empleados se considere ERE, debe darse uno de los siguientes casos:

  • Despido de 10 trabajadores si la empresa tiene menos de 100 trabajadores
  • Si la empresa tiene entre cien y trescientos empleados y esta despide al 10% de los mismos
  • Cuando se despide a 30 trabajadores o más, si la empresa tiene más de 300

En todo caso, los trabajadores serán indemnizados con 20 días de sueldo por año trabajado.

Tipos de despido: el disciplinario

De todos los tipos de despido, este es el que extingue la relación entre trabajador y empresa por no cumplir con la función encomendada. Razones comunes para que se produzca son rendimiento insuficiente o no cumplir los horarios. El Estatuto de los Trabajadores tipifica como razón de despido estas:

  • Absentismo laboral o falta de puntualidad repetida
  • Falta de disciplina y/o desobediencia en el trabajo
  • Ofensas a cualquier persona de la empresa o sus familiares
  • Abuso de confianza o violación del contrato
  • Rendimiento bajo continuado y voluntario
  • Acudir al trabajo en estado de embriaguez o habiendo consumido drogas
  • Cualquier tipo de acoso o mobbing por cualquier razón

Despidos según el Juez

Todos los tipos de despido pueden ser sometidos al arbitrio judicial, que establecerá la validez o pertinencia de los mismos.

Tipos de despido: Procedente

El despido procedente se dictamina cuando las causas que se aducen para el mismo son comprobables y justificables. En estos casos, la empresa no es responsable de indemnizar al despedido.

Improcedente

A diferencia del anterior, el despido improcedente no tiene causas justificadas para llevarlo a cabo. Si esto ocurre, la empresa podrá elegir entre readmitir al trabajador que ha despedido o bien indemnizarle con 33 días de sueldo por cada año que haya trabajado. Es necesario señalar que se establece un límite de 24 mensualidades. En caso de que el contrato se hubiese firmado antes del día 12 de febrero del año 2012, la indemnización será de 45 días por año trabajado.

Nulo

Si un despido se considera nulo, el trabajador será readmitido inmediatamente y se le pagarán todos los sueldo que dejó de cobrardesde el momento del despido. Se considera así cuando, por ejemplo, se produce por algún tipo de discriminación.

Antes de dar por cerrado este apartado, es importante señalar que todos los tipos de despido están regulados en el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 49. No se pueden producir despidos por otras causas que las recogidas en el texto legal.

Cómo comunicar todos los tipos de despido

Cualquiera de los tipos de despido se deben comunicar mediante carta, burofax o en mano.

En dicho documento, la empresa especificará asuntos tales como la fecha en la que el despido se hará efectivo, las motivaciones que han dado lugar a él o cualquier otro dato que sea relevante.

Para cualquier duda relacionada con este tema, te recomendamos que busques asesoría especializada.

Ven a conocernos.

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